DIVORCIO
POR CAUSAL :
La Legislación Peruana señala las siguientes
causales para divorciarse.
1.-) ADULTERIO:
Consiste en las relaciones sexuales con una
persona distinta del cónyuge. El adulterio
se configura por el simple acto sexual fuera
del matrimonio.
¿Cómo se prueba el adulterio?
¿Cuáles son los requisitos para invocar la
causal de adulterio?
¿Hay caducidad para invocar esta causal?
2.-) VIOLENCIA FÍSICA O PSICOLÓGICA QUE
EL JUEZ APRECIARA SEGÚN LAS CIRCUNSTANCIAS:
Son aquellos actos que implica manifestación
de violencia física, lesiones graves y leves
y violencia psicológica, que se produzca reiteradamente,
por parte de un cónyuge a otro.
¿Cuales son las pruebas, condiciones y caducidad?
3.-) ATENTADO CONTRA LA VIDA DEL OTRO CÓNYUGE:
Es el acto voluntario, intencional que
uno de los cónyuges realiza contra el otro
para quitarle la vida. es la tentativa de
homicidio, que luego haría peligrosa la vida
en común.
¿Cuales son los requisitos, pruebas y caducidad?
4.-) INJURIA GRAVE QUE HAGA INSOPORTABLE
LA VIDA EN COMÚN:
Ofensa, menoscabo de un cónyuge por el
otro, que puede constituir cualquier hecho
mediante el cual se ofende el honor y reputación
o el decoro del otro cónyuge. ejemplo: Que
uno de os cónyuges desatiende al otro, que
sufre una enfermedad y requiere de una atención
permanente.
5.-) ABANDONO INJUSTIFICADO DE LA CASA
CONYUGAL POR MAS DE DOS AÑOS CONTINUOS:
Alejamiento o expulsión de cónyuge del domicilio
común, sin existir causas que justifiquen
dicha actitud. El abandono debe ser voluntario.
¿Cuales son las pruebas?
6.-) CAUSAL DE CONDUCTA DESHONROSA QUE
HAGA INSOPORTABLE LA VIDA EN COMÚN:
Que uno de los cónyuges se conduzca de una
manera incorrecta, indecente e inmoral, es
decir actúe contra el orden público, la moral
y las buenas costumbres. ejemplos: la vagancia,
el juego habitual, la ociosidad, la ebriedad
habitual, conductas sexuales aberrantes (necrofilia,
pederastia, bestialismo etc.)
7.-) CAUSAL DE USO HABITUAL E INJUSTIFICADO
DE LAS DROGAS O DE SUSTANCIAS QUE PUEDA GENERAR
TOXICOMANIA, SALVO LO DISPUESTO POR EL ART.
347:
El uso de narcóticos, alucinógenos y estimulantes
en forma habitual y sin justificación y que
puedan ocasionar que la persona se convierta
toxicómano.
¿Cuales son los requisitos, pruebas y caducidad?
8.-) CAUSAL DE ENFERMEDAD GRAVE DE TRANSMISIÓN
SEXUAL:
Las llamadas ETS son enfermedades de naturaleza
infecciosa o parasitaria, que se transmiten
por la relación sexual. Las más conocidas
son : LADILLAS, GONORREA, SÍFILIS, HERPES
GENITAL, VHI (Sida), CHANCRO BLANDO etc.
¿Cuales son las condiciones, pruebas y caducidad
de la causal?
9.-) CAUSAL DE HOMOSEXUALIDAD SOBREVIVIENTE
AL MATRIMONIO:
La atracción física entre personas del mismo
sexo, se denomina homosexualismo.
¿Cuales son los requisitos, pruebas y caducidad
de la acción?
10.-) CAUSAL POR CONDENA POR DELITO DOLOSO
A PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD MAYOR DE DOS
AÑOS IMPUESTA DESPUÉS DE LA CELEBRACIÓN DEL
MATRIMONIO:
La copia determinante de esta causal será
la copia certificada de la sentencia definitiva
en donde conste la condena del cónyuge por
delito de carácter doloso, cuya pena privativa
de libertad sea superior a los dos años.
¿Cuando caduca?.
11.-) CAUSAL DE IMPOSIBILIDAD DE HACER
VIDA EN COMÚN, DEBIDAMENTE PROBADA EN PROCESO
JUDICIAL:
A pesar de su ambigüedad o deficiencia en
su redacción, esta causal fue incorporada
mediante ley 27495 y surge cuando la pareja
no encuentra salida para sus conflictos: en
nuestro concepto podrían ser por ejemplo:
violencia familiar acreditada en un proceso
judicial, juicio de alimentos, procesos penales
de abandono de familia etc.